Código ético

Código ético de TOG (A Coruña)

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El Código de Ética de la revista TOG (A Coruña) es la expresión del compromiso de garantizar la ejecución de la labor editorial en todas sus etapas con los más altos estándares de calidad, integridad y transparencia.

Objetivos

El Código de Ética de TOG (A Coruña) tiene por objetivos:

  • Velar por el estricto cumplimiento de los procesos editoriales.
  • Facilitar la inclusión de buenas prácticas editoriales a través de la comprensión de los principios éticos que rigen la publicación científica a nivel nacional e internacional.
  • Brindar pautas para la resolución de controversias o desavenencias entre las partes que participan en el proceso editorial.
  • Promover entre los autores la gestación de una producción académica con los más altos estándares de calidad.

Principios Éticos

Los principios éticos que rigen la publicación de artículos científicos en TOG (A Coruña) se basan en las normativas establecidas por el Comité de Ética de Publicación (COPE) en 2013 y en algunas observaciones de la Organización Mundial de Derechos de Autor.

  1. Principio de autoría: se refiere al derecho de toda persona autora a que se le reconozca la correspondiente autoría sobre "las creaciones literarias y artísticas como los libros, las obras musicales, las pinturas, las esculturas, las películas y las obras realizadas por medios tecnológicos como los programas informáticos y las bases de datos electrónicas…" (OMPI, 2016, p. 4), entre otros. Además, este principio demanda el uso responsable de la información publicada y la citación correspondiente en todo momento.
  2. Principio de transparencia: refleja la disposición de TOG (A Coruña) para facilitar la información que evidencie cómo se da cada paso del proceso editorial desde el momento en que ingresa el artículo hasta el momento en que es aceptado o rechazado.
  3. Principio de integridad: este principio implica el compromiso de TOG (A Coruña) de actuar de manera consecuente con las normas que rigen esta publicación y la investigación científica. Además, aboga por el uso respetuoso de la información y los datos que aportan las personas autoras, revisoras y editoras.
  4. Principio de respeto mutuo: refleja la disposición de TOG (A Coruña) para establecer relaciones de acuerdo y diálogo entre las partes participantes en el proceso editorial: personas autoras, editoras, revisoras, maquetadoras, entre otros, antes, durante y después del proceso de publicación.
  5. Principio de calidad: se refiere a la responsabilidad de TOG (A Coruña) de garantizar la pertinencia, coherencia e idoneidad de los artículos científicos que difunde, además de procurar la mejora continua de los procesos editoriales.
  6. Principio de acceso abierto: TOG (A Coruña) actúa en coherencia con lo estipulado por COTOGA, que como entidad de ordenación del ejercicio de la terapia ocupacional, procura el prestigio y perfeccionamiento; representación de las personas colegiadas y profesionales defendiendo sus derechos, intereses y velar por una práctica profesional ética de la disciplina, promueve el Acceso Abierto a la información académica, siempre y cuando se utilice de manera respetuosa, con reconocimiento de la autoría correspondiente.

Responsabilidades de las partes involucradas

Durante todo el proceso editorial participan varias partes fundamentales: las personas autoras, evaluadoras, secretaria y Comité Editorial, cada uno de los cuales tiene diferentes responsabilidades que promueven el desarrollo en óptimas condiciones de la publicación científica. A continuación, se detallan las responsabilidades de cada una de las partes.

Responsabilidades de las personas autoras

  • Al proponer el escrito en TOG (A Coruña), la persona autora se compromete a acatar todo lo establecido en las Normas de Publicación, lo correspondiente a la normativa de TOG (A Coruña), así como la legislación en materia de investigación y ética profesional.
  • Presentar una obra original e inédita.
  • No postular el documento simultáneamente en otra entidad editorial, ya sea en un medio conocido o por conocer.
  • Reconocer la autoría de las personas autoras que participan en el escrito.
  • Conocer todo lo referente al enfoque de TOG (A Coruña), su alcance, normas editoriales, políticas de uso y documentos para personas autoras.
  • Reconocer siempre de manera expresa, mediante el uso de las norma de citación, las fuentes de donde toma los datos consignados en el artículo (citas textuales, afirmaciones, entre otras).
  • Utilizar en todo momento datos que provengan de información fidedigna y que puedan ser replicados en concordancia con la política de Acceso Abierto de TOG (A Coruña).
  • Conocer y aceptar las condiciones de propiedad intelectual a las que somete su artículo si es publicado.
  • En caso de que una persona autora descubra algún error en el documento escrito, es su deber comunicarlo de manera inmediata a la persona editora para rectificarlo a la mayor brevedad.
  • En obras con más de una persona autor, todos y todas deben conocer la versión final del documento y las condiciones de publicación.
  • A todas las responsabilidades anteriores se les añaden las contenidas en la Carta de Derechos de Autor (CADA).

Conflictos de interés

Durante el proceso de gestión editorial, la información provista por la persona autora en su manuscrito no debe ser utilizada para su investigación personal, ni por nadie que tenga acceso al mismo, aunque cuente con el permiso explícito de los o las autoras. Lo correcto es aguardar a que la obra sea publicada, para luego poder citarla como corresponde.

En caso de conflicto de interés, se debe informar de manera inmediata al editor o editora, quien informará al Comité Editorial para tomar la resolución más pertinente a fin de no afectar las diferentes etapas del proceso editorial. Los mismos se dirimirán con base en los mecanismos de Resolución Alternativa de Conflictos y la Jurisdicción Española.

Responsabilidades de las personas evaluadoras

  • Brindar todo el apoyo necesario a la persona editora en el proceso de evaluación por pares.
  • Dar recomendaciones precisas a los y las autoras para mejorar la calidad de los documentos presentados.
  • Todo y toda evaluadora que no se sienta calificado para revisar el texto asignado, ya sea por factores de tiempo, forma del manuscrito, temática u otro, debe notificarlo de manera inmediata a la persona editora para no atrasar el proceso de evaluación.
  • Los textos asignados a los y las revisoras deben ser tratados como documentos confidenciales antes, durante y después del proceso. Por tanto, no deben ser mostrados ni discutidos con otras personas.
  • La información de los documentos sometidos a revisión no debe ser utilizada para beneficio personal de los o las evaluadoras.
  • La revisión del documento asignado a las personas evaluadoras debe realizarse de manera objetiva e imparcial.
  • Los y las evaluadoras deben manifestar por escrito de manera clara sus comentarios y observaciones para la mejora y corrección del documento, así como explicar las razones en que fundamentan sus afirmaciones, negaciones o demandas.
  • El o la revisora tiene el deber de comunicar a la persona editora si el documento asignado presenta semejanzas considerables con otras obras de su conocimiento.
  • Cumplir con el tiempo asignado para la revisión y utilizar en todo momento un lenguaje respetuoso, claro y conciso para emitir sus observaciones.

Conflictos de interés

Durante el proceso de revisión por pares, los y las revisoras no deben examinar escritos en los que interfieran conflictos de interés, ya sea por relaciones de competencia profesional en el mismo ámbito de investigación o por otros motivos en los que se involucre algún tipo de relación con los y las autoras o la institución que estos representan.

En caso de conflicto de interés, se debe informar de manera inmediata al editor o editora, quien informará al Comité Editorial para tomar la resolución más pertinente a fin de no afectar las diferentes etapas del proceso editorial. Los mismos se dirimirán con base en los mecanismos de Resolución Alternativa de Conflictos y la Jurisdicción Española.

Responsabilidades del Comité Editorial

  • El Comité Editorial es el único con competencia para decidir cuáles textos enviados a TOG (A Coruña) serán publicados.
  • Velar por el cumplimiento de las Normas de Autor y las otras reglamentaciones que establece TOG (A Coruña) y la entidad editora.
  • Garantizar que los documentos postulados en esta revista serán evaluados únicamente por su mérito intelectual y no por las corrientes ideológicas o de otra índole que defienda la persona autora.
  • Favorecer la difusión de la revista en diferentes ámbitos académicos e investigativos.
  • Suministrar la información necesaria a los y las revisoras involucrados en el proceso editorial.
  • No divulgar información confidencial sobre los resultados de las evaluaciones, observaciones o correcciones, entre otros y otras.
  • Recomendar personas expertas en las diferentes áreas de la disciplina que pudieran integrarse al equipo de personas evaluadoras.
  • Sugerir la postulación de artículos resultado de investigaciones, defensas de tesis, trabajos fin de grado, trabajos fin de máster, entre otros, para TOG (A Coruña).
  • Respaldar la calidad de los artículos publicados en TOG (A Coruña).
  • Colaborar con la evaluación de artículos.

Conflictos de interés

Durante el proceso de recepción y aceptación del artículo para su posterior publicación, el Comité Editorial debe permanecer atento y vigilante en todas y cada una de las etapas del proceso. La mayor responsabilidad recae sobre el editor o editora en turno, pues es quien media entre los y las autoras, las personas revisoras y el Comité Editorial.

En caso de posibles eventualidades por algún conflicto de interés durante el proceso, el editor o editora en jefe debe comunicarlo a la dirección de la revista para que desde este ente se coordinen las acciones pertinentes.

Desde el inicio y hasta la publicación o rechazo del artículo postulado, el Comité Editorial no podrá revelar a nadie la información o datos que contienen los escritos recibidos por TOG (A Coruña).

Es importante aclarar que:

En caso del retiro del artículo por parte de la persona autora: este debe notificar a los encargados de TOG (A Coruña) mediante un correo escrito a togrevista@gmail.com explicando las razones de su solicitud. Luego, se procederá a emitir un escrito oficial para liberar al artículo de la cesión de derechos.

En caso de retracciones por parte de TOG (A Coruña): este procedimiento se realiza cuando se considera que la información presentada en el escrito es de dudosa procedencia o se le comprobó alguna práctica editorial inaceptable.

En caso de rechazo por parte de TOG (A Coruña): la persona autora es inmediatamente informada y desde ese momento puede disponer de su texto como considere.

Prácticas editoriales inaceptables

  • Aseveraciones fraudulentas o sin fundamento científico e investigativo.
  • Plagio total del escrito.
  • La copia de citas textuales u otros elementos que se presenten en el manuscrito mal o falsamente referenciados.
  • Publicación múltiple, es decir, en más de una revista con enfoque similar dentro o fuera del país.
  • Exclusión de alguno de los o las coautoras del artículo que ha contribuido de manera significativa en el mismo.
  • No reconocimiento de las fuentes de financiamiento de la investigación, si las hubiera.
  • Aprovechamiento de la información de los escritos aún no publicados.
  • Revelar quiénes son los o las evaluadoras de un determinado artículo.
  • Cobrar por un artículo publicado con la licencia Creative Commons 3.0 de Atribución no comercial-Compartir igual que utiliza TOG (A Coruña).
  • Alterar o suprimir los resultados científicos de una investigación.
  • Duplicidad total o parcial de versiones de los mismos resultados de una investigación.
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